Declaración ante la Consulta Nacional del Congreso Estatutario

POEMA A BERNARDA VERA CONTARDO
Septiembre 11, 2018
Declaración pública ante la vulneración de derechos a la comunidad de Quintero y Puchuncaví
Octubre 3, 2018
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26 son las resoluciones sobre las cuales deberá pronunciarse el profesorado en la Consulta Nacional convocada para el 9 de octubre por el Colegio de Profesores de Chile.  Sin restar importancia a ninguna resolución, quisiéramos compartir nuestra posición sobre tres de ellas que nos parecen fundamentales. El propósito es contribuir a desarrollar un debate abierto, fundamentado y democrático, donde legítimamente dialoguen las distintas corrientes de opinión que existen en el gremio.

PRIMERO. Sobre la Resolución 15 que regula la duración de los períodos de la dirigencia.

En este punto existen dos propuestas:

  1. A) Los dirigentes no podrán permanecer más de dos períodos consecutivos en el directorio de un mismo nivel. (Mantener el actual art. 13)
  2. B) A partir del próximo proceso eleccionario (año 2019) la dirigencia podrá permanecer un máximo de 2 nuevos períodos. (Postergar la aplicación del art. 13)

 En la Plenaria Nacional, los resultados de la votación de estas propuestas fueron:

Opción A: 76%; Opción B: 20%.

Por nuestra parte, respaldamos la opción A, es decir, MANTENER el art. 13. ¿Por qué?

  1. La opción A, equivalente a mantener el actual art. 13, logró una altísima votación de respaldo por parte de las y los delegados en la Plenaria Nacional. En efecto, la diferencia fue de más de un 50%, lo que demuestra que no estamos ante un tema reñido. Si entendemos que en este Congreso Estatutario las/os delegadas/os eran docentes de base electos y mandatados por sus colegas, podemos entender que LAS BASES YA SE PRONUNCIARON sobre este punto. Por tanto, EN LA CONSULTA DEBEMOS RATIFICAR Y DEFENDER LO YA GANADO POR LAS BASES DOCENTES.
  2. Es DEFENDER EL PROCESO DE DEMOCRATIZACIÓN DEL COLEGIO. La historia del art. 13 expresado en la opción A se inicia en el año 2012. Hasta ahí no había límite de años para mantenerse como dirigente. Se podía estar 10, 15, 20 años o más. En el 2012 por primera vez se puso límite a los períodos de las y los dirigentes, es decir, después de más de 30 años de existencia, este tema se regula y hoy se pretende postergar. No debemos olvidar que los períodos dirigenciales duran 3 años. Defender el actual art. 13 significa que lo máximo que puede estar un dirigente en un nivel son 2 periodos, es decir, 6 años.
  3. EL COLEGIO ES FUERTE EN LA MEDIDA QUE ES CAPAZ DE RENOVAR A SUS DIRIGENTES. Este proceso ya comenzó y no podemos retroceder. Las elecciones del Colegio del año 2016 demostraron que en los diversos niveles de nuestra organización, el Colegio fue capaz de generar nuevos liderazgos que hoy tienen la suficiente experiencia y voluntad para seguir luchando y representar a sus colegas. De hecho, solo en el Directorio Nacional hay 5 dirigentes nuevos, es decir, prácticamente el 50%.

SEGUNDO. Sobre la Resolución 14 que fija el sistema electoral del Colegio.

En este punto se presentan dos posturas:

  1. A) Mantener el actual sistema de elección de cifra repartidora.
  2. B) Establecer un sistema con mayoría simple sin cifra repartidora, en donde los dirigentes electos serán aquellos por orden de votación personal.

En la Plenaria Nacional, los resultados fueron los siguientes:

La opción A obtuvo un 48,14%; mientras que la B un 48,42%.

Por nuestra parte respaldamos la opción A, es decir, mantener el actual sistema. ¿Por qué?:

  1. El sistema proporcional que hoy existe permite legitimar PROYECTOS EN BASE A PROGRAMAS COLECTIVOS DE TRABAJO quedando en un segundo plano los intereses de individuos, como se propone en la opción B.
  2. Nuestro gremio es heterogéneo y por lo mismo, el sistema PROPORCIONAL de cifra repartidora enfatiza la NECESIDAD DE ESTABLECER ACUERDOS entre distintas corrientes de opinión para desde ahí construir mayorías. Es decir, se privilegia la inclusión de los grupos significativos y representativos del gremio. La DIVERSIDAD es un valor.
  3. Si se pasara a un sistema de votación individual, un Directorio podría conformarse perfectamente por 11 dirigentes todas/os provenientes de listas distintas, es decir, completamente opuestas. ¿Cómo se dirige entonces? El o la presidenta deberá dirigir mediante prebendas para formar una coalición instrumental.

TERCERO. Sobre la Resolución 41  que incentiva la colegiatura del sector particular subvencionado.

Aquellas y aquellos docentes colegiados que pertenecen a un sindicato y que, por tanto, pagan dos cotizaciones (sindicato y CP), cancelarán una cuota de 0,5% en el colegio de profesores.

Resultado en la Plenaria Nacional:

 APRUEBO: 59,31% RECHAZO: 33,81%

Por nuestra parte, respaldamos la APROBACIÓN de esta propuesta. ¿Por qué?

  1. Más allá del porcentaje de cotización, esto se trata de la necesaria unidad de las/os profesores de Chile y la necesidad de fortalecer el Colegio de Profesores, ampliando sus afiliados. Hoy el 45% de las y los docentes se encuentran en el sector particular subvencionado (más que el 43% que se encuentra en el sector municipal). Esta distribución de la fuerza de trabajo docente no se ve reflejada en la base social del Colegio que sigue teniendo mayor presencia en el sector municipal. En la actualidad, solo 1.898 docentes que se desempeñan en establecimientos particulares subvencionados están colegiadas/os, lo que equivale a un 3,2%. Por consiguiente, estamos frente a una encrucijada fundamental: hoy hemos llegado a una situación en la que el sector que aglutina a la mayor cantidad de docentes (y que se consolida con la Ley de Inclusión) no está afiliada al Colegio y este último no se acerca a este sector.
  2. La propuesta que respaldamos busca incentivar la colegiatura y la sindicalización bajo un enfoque complementario. El profesor del particular subvencionado sindicalizado, pagará DOS CUOTAS: una en su sindicato y otra en el colegio. El docente que trabaja en el sector municipal paga solo UNA. El colegio de profesores recibirá por cada docente del sector particular subvencionado sindicalizado un 0,5 de cotización. Aquel colega del sector particular subvencionado que no esté sindicalizado, deberá pagar la cuota completa de la colegiatura, es decir, el 1%. Por tanto, la disminución de la cuota, SOLO OPERA para quienes están SINDICALIZADOS Y COLEGIADOS.
  3. No debemos olvidar que a partir del 2026 tanto el PS y municipal estarán en la carrera docente y por tanto, se generará cierta homologación de sus salarios. Eso genera una plataforma común de lucha y para eso debemos estar unidos. Hoy el sector particular subvencionado, siendo cada vez más numeroso, se encuentra igual de precarizado que el municipal. Sin embargo, existe una diferencia sustantiva: carece de organización nacional, de movilizaciones y experiencias de lucha de alcance nacional.

MOVIMIENTO POR LA UNIDAD DOCENTE

Educando para transformar

Septiembre del 2018.